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Módulo 12 de 30Intermedio20 min lectura

Fiscalidad cripto en la Polinesia Francesa

Un sistema propio: sin impuesto sobre la renta, pero con un impuesto sobre la actividad.

En 30 segundos

La Polinesia Francesa tiene su propio sistema fiscal, muy diferente del de la Francia metropolitana: no hay impuesto sobre la renta de las personas físicas. Un particular que vende cripto de forma puntual no soporta, por tanto, un impuesto sobre la plusvalía. Quien actúa como profesional, en cambio, está sujeto a los impuestos locales sobre la actividad (impuesto sobre las transacciones y CST-NS), aplicados sobre los ingresos brutos.

Puntos clave
  • 1La Polinesia Francesa tiene una amplia autonomía fiscal: sin impuesto sobre la renta de las personas físicas y, por tanto, sin flat tax del 30 % sobre las plusvalías.
  • 2Lo que se grava es la actividad profesional, mediante el impuesto sobre las transacciones (IT) y la CST-NS, sobre los ingresos brutos.
  • 3Un particular que vende de forma puntual en principio no tiene impuesto personal sobre la plusvalía; un profesional queda sujeto al IT y a la CST-NS.
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Introducción

La fiscalidad cripto en la Polinesia Francesa desconcierta, sobre todo a quienes vienen de la Francia metropolitana. Instintivamente imaginas el «flat tax» del 30 % de la metrópoli — pero, en lo fiscal, la Polinesia Francesa no es la Francia metropolitana. Goza de una amplia autonomía y ha construido un sistema propio, en el que simplemente no existe el impuesto sobre la renta de las personas físicas. Lo que se grava no es la renta como tal, sino la actividad profesional. Este módulo te explica esa lógica de forma sencilla, para que sepas si, como residente polinesio, estás sujeto a algún impuesto — y a cuál. Importante: este contenido es pedagógico, no un asesoramiento fiscal personalizado — para tu situación, dirígete a la DICP o a un asesor fiscal local.

01

Un sistema diferente: sin impuesto sobre la renta, pero con un impuesto sobre la actividad

La Polinesia Francesa disfruta de una amplia autonomía fiscal. En la práctica, su sistema casi no tiene nada que ver con el de la Francia metropolitana: no hay impuesto sobre la renta de las personas físicas. Un particular polinesio no presenta una declaración de la renta como en la metrópoli, y no existe un «flat tax» del 30 % sobre las plusvalías.

Lo que la Polinesia grava no es la renta, sino la actividad. Dos gravámenes principales se aplican a una actividad profesional o comercial: el impuesto sobre las transacciones (impôt sur les transactions, IT) y la contribución de solidaridad territorial sobre los no asalariados (CST-NS). Ambos se aplican sobre los ingresos brutos de la actividad, y no sobre un beneficio neto o una plusvalía aislada.

La consecuencia es clara: un particular que vende cripto de forma puntual no tiene, en principio, ningún impuesto sobre la renta que pagar por su ganancia, ya que no existe un impuesto de ese tipo. A la inversa, quien ejerce una verdadera actividad cripto como profesional queda sujeto al IT y a la CST-NS sobre sus ingresos brutos, según su estatus.

  • No hay impuesto sobre la renta de las personas físicas en la Polinesia Francesa.
  • La tributación recae sobre la actividad, mediante el impuesto sobre las transacciones (IT) y la CST-NS.
  • El IT y la CST-NS se aplican sobre los ingresos BRUTOS de la actividad, según el estatus.
Creencia común

La Polinesia es Francia, así que el flat tax (PFU) del 30 % se aplica a las plusvalías cripto.

En realidad : No. La Polinesia Francesa tiene autonomía fiscal: no hay impuesto sobre la renta de las personas físicas y, por tanto, no hay flat tax del 30 % sobre las plusvalías. Lo que se grava es la actividad profesional, mediante el impuesto sobre las transacciones (IT) y la CST-NS, sobre los ingresos brutos.

02

Particular o profesional: a qué se enfrenta cada uno

En la Polinesia Francesa, toda la cuestión no es «cuánto tiempo mantuviste» ni «cuánto ganaste», sino «¿actúas como un particular o como un profesional?». Es esta distinción la que decide si se aplica un impuesto local.

El particular que gestiona su propio patrimonio y vende cripto de forma puntual no ejerce una actividad profesional. Como no existe impuesto sobre la renta, su ganancia en principio no soporta un impuesto personal sobre la plusvalía. El profesional, en cambio, ejerce una actividad organizada y regular: queda sujeto a los impuestos locales sobre la actividad.

  • Particular (gestión de su propio patrimonio, venta puntual): sin impuesto sobre la renta, por lo que en principio no hay impuesto personal sobre la plusvalía.
  • Profesional (actividad organizada, regular, estructurada): queda sujeto al impuesto sobre las transacciones (IT) y a la CST-NS.
  • El IT y la CST-NS gravan los ingresos brutos de la actividad, no la simple ganancia de un particular.
  • La frontera particular / profesional depende de tu estatus y de la realidad de tu actividad — en caso de duda, pregunta a la DICP.
03

La moneda local (XPF) y la verificación con la DICP

Primer reflejo práctico: en la Polinesia Francesa la moneda no es el euro, sino el franco CFP (XPF). Tus umbrales, importes y obligaciones se valoran en XPF, no en euros. Es un detalle que cambia la lectura concreta de tu situación.

Segundo reflejo: la fiscalidad local es específica y evoluciona. En lugar de trasladar reglas metropolitanas que no se aplican, verifica tu situación con la fuente oficial, la DICP (Direction des impôts et des contributions publiques de Polynésie française).

Key insight

XPF, no euro — y la DICP es la autoridad

La moneda local es el franco CFP (XPF), no el euro: razona en XPF para tus importes y obligaciones. Y como la fiscalidad polinesia es un sistema propio, la única referencia fiable es la DICP (Direction des impôts et des contributions publiques de Polynésie française). En caso de duda, es a ella a quien hay que preguntar.

04

Tus obligaciones, y el papel de una cuenta francesa

Como residente de la Polinesia Francesa, te corresponde a ti conocer tu estatus y cumplir tus obligaciones locales. Si eres un simple particular, la ausencia de impuesto sobre la renta en principio te protege de un impuesto personal sobre tus plusvalías; si ejerces una actividad profesional, quedas sujeto al impuesto sobre las transacciones (IT) y a la CST-NS, y debes declararlos según las reglas de la DICP.

Deblock está regulada en Francia (metropolitana), no en la Polinesia Francesa. Eso no cambia nada en tu obligación local: la cuenta no declara por ti ni elimina ninguna obligación polinesia. Una cuenta francesa sigue siendo una simple herramienta para comprar, vender y conservar cripto — te corresponde a ti llevar tus propios registros.

El buen reflejo es, por tanto, conservar el historial de tus operaciones (fechas, importes en XPF) y, ante la menor duda sobre tu estatus, dirigirte a la DICP o a un asesor fiscal local. Fuente oficial: DICP (Direction des impôts et des contributions publiques de Polynésie française).

  • Particular = sin impuesto sobre la renta, por lo que en principio no hay impuesto personal sobre la plusvalía; profesional = IT + CST-NS que declarar.
  • Deblock, regulada en la Francia metropolitana, nunca declara por ti en la Polinesia Francesa.
  • Conserva el historial de tus operaciones (fechas, importes en XPF) para justificar tu situación.
  • Ante la menor duda, verifica con la DICP o consulta a un asesor fiscal local.
Puntos clave

Lo que debes recordar

  • 01La Polinesia Francesa tiene una amplia autonomía fiscal: sin impuesto sobre la renta de las personas físicas y, por tanto, sin flat tax del 30 % sobre las plusvalías.
  • 02Lo que se grava es la actividad profesional, mediante el impuesto sobre las transacciones (IT) y la CST-NS, sobre los ingresos brutos.
  • 03Un particular que vende de forma puntual en principio no tiene impuesto personal sobre la plusvalía; un profesional queda sujeto al IT y a la CST-NS.
  • 04Moneda local = franco CFP (XPF), no euro. Residente polinesio = verificas con la DICP; Deblock no declara por ti. Contenido pedagógico, no asesoramiento fiscal.

Cálculo simplificado

  • Particular con venta puntual: sin tributación directa.
  • Prestador de servicios: IT + CST-NS progresivos sobre ingresos brutos (1,5 % a 16 %).
  • Comerciante: IT + CST-NS específicos compra-venta (0,9 % a 12,25 %).
  • Sociedad: IS al 25 % además del IT + CST-NS.
  • Conversión: 1 € = 119,33 XPF (tipo fijo histórico).

Estatus ocasional vs profesional

La calificación depende de frecuencia, volúmenes e intención. La DICP puede recalificar una actividad considerada habitual.

Sin IRPF pero posible IVA

Por encima de ciertos umbrales de facturación, el IVA polinesio (16 %) aplica. Verificar caso a caso.

Patente

Toda actividad profesional requiere registro en la patente y pago de tasas profesionales anuales.

A verificar con la administración fiscal local. Esta página es pedagógica y no sustituye un asesoramiento personalizado.

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